Es un revés a los colectivos feministas. Así de contundente, podemos calificar a la resolución del Tribunal Electoral de Jalisco, que ordena modificar los lineamientos de paridad de género en la distribución de candidaturas para el 2021.

¿Pero por qué digo que estos nuevos lineamientos ordenados por el Tribunal Electoral son un revés? 
Vamos a tratar de explicarlo con PERAS Y MANZANAS. Advierto que la explicación no será breve, pues lo que busco es que sea entendible para todo el público, a sabiendas que me estoy metiendo en camisa de once varas.

Antes, los lineamientos de paridad simplemente ordenaban que las candidaturas a las alcaldías de 125 municipios de Jalisco se tuvieran que distribuir de forma paritaria. Es decir, 63 para mujeres y 62 para hombres. Así llanamente.

Eso provocaba que los partidos políticos mandaran a las mujeres a municipios pequeños, o a demarcaciones donde había escasas posibilidades de triunfo. Los hombres se quedaban con la candidatura de los municipios donde el partido era poderoso.

Por eso en 2018, se crearon los bloques de competitividad. Con ese mecanismo, los partidos estaban obligados a distribuir de forma paritarialas candidaturas entre los bloques y esto permitía que se postulara a mujeres en los municipios donde cada partido tenía reales posibilidades de victoria.

Sin embargo, eso tampoco fue suficiente para lograr la paridad. Porque en los municipios más poblados de Jalisco, particularmente Guadalajara y Zapopan, los partidos no estaban postulando mujeres para la presidencia municipal, salvo excepciones (sin posibilidades de triunfo, por supuesto).

Fue así como en 2020, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) aprobó lineamientos con los cuales se crean bloques, que combinan ambos criterios: competitividad y población.

Lo que el IEPC aprobó fue lo siguiente:

CADA partido debe de dividir los municipios en seis bloques: dos de 20 municipios, tres de 21 y uno de 22. Este último es donde se colocan a los municipios donde ese partido tenga más posibilidades de triunfo, de acuerdo con la votación obtenida en 2018.

Los bloques se dividen así:

Alto-Alto (Donde más posibilidades de triunfo hay):

  • Alto-Bajo
  • Medio-Alto
  • Medio-Bajo
  • Bajo-Alto
  • Bajo-Bajo (Donde menos posibilidad de victoria hay)

Una vez separados los bloques de competitividad, se ordenan del más poblado al menos poblado.

Los cinco municipios MÁS POBLADOS DE CADA BLOQUE de competitividad deben tener TRES candidaturas de un género y DOS de otro género. Es decir, tres mujeres y dos hombres o tres varones y dos mujeres. El partido decide.

El resto del bloque, debe completarse de tal manera que haya paridad.

Ejemplo: si son 22 municipios, al final deben quedar once mujeres y once hombres, independientemente de como hayas acomodado las cinco candidaturas que encabezan ese bloque.

Espero no haberlos hecho bolas hasta este punto. Sé que para algunos es confuso. Pero intenté ser lo más claro posible.

Para seguir explicando, pongamos el ejemplo de Movimiento Ciudadano. Tomo este partido por motivos meramente ilustrativos y porque otras fuerzas políticas han acusado que la resolución en realidad les beneficia a ellos. En el bloque Alto-Alto (con 22 municipios), los cinco que encabezan son Zapopan, Tlajomulco de Zúñiga, Puerto Vallarta, Lagos de Moreno y El Salto.

Esto quiere decir que de esos cinco, debes de tener mínimo dos mujeres candidatas. En el resto del bloque (17 municipios) debes tener al menos otras nueve mujeres y de esa forma es como se completan once candidaturas de un género y once de otro para poder cumplir la paridad del Bloque.

Como vemos, esa regla metía en aprietos a Movimiento Ciudadano, pues como en Tlajomulco, Lagos de Moreno y El Salto gobiernan actualmente hombres que desean reelegirse, la lógica marcaba que Zapopan y Vallarta tengan candidatas mujeres. A menos que el partido obligara a algunos de quienes quieren reelegirse, a declinar en sus aspiraciones.

En el bloque alto-bajo, los municipios que encabezan el bloque para Movimiento Ciudadano, son Guadalajara, Tepatitlán, Zapotlán el Grande, Ocotlán y Arandas. Aplica el mismo criterio: dos de un género y tres de otro. En este caso, Tepatitlán y Arandas ya tienen alcaldesas que buscan reelección, lo cual facilita cumplir el criterio.

Tonalá y Tlaquepaque, por su parte, encabezaban los bloques medio alto y medio bajo de Movimiento Ciudadano.

Como podemos ver, un partido podía cumplir los criterios postulando a sólo dos mujeres en los diez primeros municipios del bloque y a ocho mujeres en los diez menos poblados del bloque.

¿Entonces que es lo que aprobó el Tribunal?

Los colectivos feministas impugnaron los lineamientos que había avalado el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, porque desde su óptica no permitían una paridad real.

Lo que las feministas solicitaban era que en los diez municipios más poblados del estado de Jalisco, TODOS los partidos postularan cinco mujeres y cinco hombres, independientemente de la competitividad.

El Tribunal Electoral concedió esta modificación, de tal modo que TODOS los partidos, independientemente de la competitividad, postulen cinco mujeres y cinco hombres en los siguientes municipios que integraran un primer bloque: Guadalajara, Zapopan, Tlaquepaque, Tlajomulco de Zúñiga, Tonalá, Puerto Vallarta, El Salto, Lagos de Moreno, Tepatitlán de Morelos y Zapotlán el Grande.

Pero el dardo envenenado viene en una frase de la resolución: “Cada partido político o coalición podrá distribuir libremente las candidaturas, garantizando la integración paritaria en cada uno de los bloques”.

Esto quiere decir que se quita el candado de contar con al menos dos candidaturas para mujeres en los primeros cinco municipios de cada bloque.

De esa forma, el ejemplo que vimos de Movimiento Ciudadano, ya no opera. Ahora este partido puede cumplir metiendo a puros hombres en Guadalajara, Zapopan, Tlaquepaque, Tlajomulco de Zúñiga y Tonalá. Es decir, ninguna mujer en la Zona Metropolitana que es lo que se buscaba. Las mujeres entonces quedarían en Puerto Vallarta, El Salto, Lagos de Moreno, Tepatitlán de Morelos y Zapotlán el Grande.

En todo caso, podrían intercambiar Puerto Vallarta por Tonalá. De esa manera, em Zapopan, Movimiento Ciudadano no tendría obligación de postular candidata mujer, tal y como lo anhelaban las activistas y lo cual habrá sido un auténtico hito.

Es decir, lo aprobado por el Tribunal Electoral de Jalisco salió peor, porque quitaron el candado ya descrito a lo largo de este texto. Aunque cabe aclarar que los bloques no operan igual en todos los partidos, e incluso en algunos partidos si habrá beneficios para la paridad de género luego de la resolución del tribunal, pero esa no es la idea, sino que lo que debe de garantizarse es que este derecho sea efectivo en todos los partidos y no solo en unos pocos.

Ante tal situación, las mujeres tendrán que volver a impugnar. Varias de ellas ya me confirmaron que acudirán a la próxima instancia: la Sala Regional del Tribunal Federal Electoral de Guadalajara. Y de ser necesario irán hasta la última instancia: la Sala Superior del Tribunal Federal Electoral en la Ciudad de México.

No es justo que las mujeres tengan que andar impugnando y esperando que los tribunales “acepten” para que ellas obtengan lo que les corresponde por derecho. No están pidiendo ninguna concesión graciosa. Están exigiendo lo que la clase política les ha escamoteado históricamente.

Finalizo con una reflexión.

La verdadera paridad sería más sencilla de lo que se cree: alternando las candidaturas en los 125 municipios. Así como se lee de simple.

Que cada partido elija con qué generó empieza. Y puede ser cualquiera de estas opciones:

Ejemplo:
Guadalajara Mujer
Zapopan Hombre
Tlaquepaque M
Tonalá H
Tlajomulco M
Vallarta H
Lagos M
Tepa H
Ciudad Guzmán M
Lagos H
Y así hasta completar los 125.

O así:
Guadalajara Hombre
Zapopan Mujer
Tlaquepaque H
Tonalá M
Tlajomulco H
Vallarta M
Lagos H
Tepa M
Ciudad Guzmán H
Lagos M
Y así hasta completar los 125.

Cualquier otra fórmula, son ganas de no cumplir con la paridad.

Twitter: @julio_rios
www.juliorios.com.mx
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